Fuerza Aérea de Brasil
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@caronte dijo en Fuerza Aérea Brasileña:
La utopía es que aquí en México y allá en Argentina no se permiten los derribos lo que facilita que se escapen con mercancía (droga) los delincuentes.
Eso es justamente de lo que hablaba. Lo que es normal en Brasil, derribar delincuentes y potenciales terroristas, en Argentina es una utopia, por una falsa defensa de los Derechos Humanos de nuestros políticos
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@darwin
Estimado . . . ¿ que te hace pensar que vós si lo estás ? . . . si siempre tirás mierda en contra de pais y del gobierno . . . en contra de Rusia y a favor de los Yankees o Ucrania -
@sam dijo en Fuerza Aérea Brasileña:
@darwin Porqué suponés que en Argentina es una utopía?
Acá hay ley de derribo, pero la orden debe venir del presidente. Se hizo para la Cumbre de presidentes en Mar del Plata en el 2005 (y si no para qué la FAA le pidió a la USAF misiles AIM-9M para esa Cumbre?) y para la del G-20 que se hizo en Buenos Aires mediante un DNU de MM que declaró la emergencia de seguridad durante 1 año en el 2017. No es ninguna utopía, depende de una decisión presidencial
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@pisciano fue una medida autorizada x el congreso con carácter temporal
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Si, claro, durante un año. Pero ésa es la forma que acá se aplica la ley de derribo, no de forma permanente, sino para casos de emergencia. Porque si un dia derriban un avión donde iba gente inocente, van en cana desde el piloto hasta el ministro de defensa o de seguridad. Por eso acá nadie se quiere arriesgar a poner en vigencia una ley de derribo de forma permanente. Además el narcotráfico que hay en Brasil no es el mismo que hay acá y la mayor parte del transporte de drogas no viene por avión sino por barcos que se descargan en puertos privados de Rosario (por eso hay tanto narcotráfico en esa ciudad) y por la Ruta 14.
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Tampoco se puede derribar un avion por ser considerado supuestos terroristas
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@darwin Como de costumbre opinado sin saber, te lo dicen todos en el foro largá el Clarin e informate antes de afirmar disparates y después inferir alguna pavada en contra de mi país.
EN ARGENTINA EXISTE PROTOCOLO DE DERRIBO y lo que sucede en Brasil y en México me importa un comino."REGLAS DE PROTECCIÓN AEROESPACIAL"
TITULO I
DEFINICIONES
ARTÍCULO 1°.- A los fines del presente decreto, se considera:
A) ESPACIO AÉREO DE JURISDICCIÓN: Espacios aéreos sujetos o no a soberanía, asignados por el PODER EJECUTIVO NACIONAL / PODER LEGISLATIVO NACIONAL, bajo responsabilidad de la Autoridad Aeronáutica militar, cuya vigilancia y control contribuye al logro de los Objetivos Nacionales y/o Políticos establecidos, como así también aquellos necesarios para la maniobra del Instrumento Militar, que surjan como consecuencia del Planeamiento Militar Conjunto (PMC), para la consecución de dichos objetivos.
B) ACTOS HOSTILES O BELIGERANTES: Acto de un vector incursor que, sin que necesariamente presentare las características de una acción bélica, posee suficiente entidad para perturbar, poner en riesgo o causar un daño.
- Condición "Protección de los intereses vitales de la Nación": Agresión o uso de la fuerza, llevada a cabo por una "Fuerza / Medio Hostil", ejecutada por vector/es incursor/es que adopta/n posiciones o parámetros que evidencian claramente la intención de dirigir su línea de vuelo sobre cualquier punto de la superficie terrestre que, ya sea por impacto o lanzamiento, constituya un peligro para los intereses vitales de la Nación. Situación que se materializa cuando el vector:
a) Vuela por debajo del mínimo de altitud.
b) Vuela en forma errática.
c) Persiste en mantener una trayectoria de vuelo hacia una zona prohibida luego de ser advertido de modificar la derrota.
d) Utiliza medios de adquisición asociados al empleo inminente de armamento.
e) Realiza maniobras agresivas contra los medios interceptores.
f) Utiliza o inicia acciones para utilizar armas de fuego.
g) Persiste en no adoptar una trayectoria para liberar una zona de vuelo prohibida luego de ser advertido.
h) Se encuentra en una condición de apoderamiento ilícito y/o no obedece las instrucciones del control correspondiente y/o se dirige a centros urbanos y/o puede constituir un riesgo para los intereses vitales de la Nación.
i) Lanza o desprende objetos.
NOTA: La condición de hostilidad de un vector incursor no cesará hasta que el mismo aterrice en el aeródromo que se le ordene y su situación sea verificada fehacientemente por parte de las autoridades competentes.
- Condición "Autodefensa": Situación en la cual medios del sistema de defensa aeroespacial son objeto de una agresión o inminente agresión, circunstancias en la que se podrá efectuar un empleo de la fuerza conforme a los medios disponibles, con el objeto de preservar la integridad de personal y material.
C) ID ENTIFIC ACIÓN: Es la acción que permite determinar si un vehículo detectado es propio, aliado, enemigo, neutral o infractor, entendiéndose con ello la acción realizada en coordinación con los Servicios de Tránsito Aéreo o a través de los medios puestos bajo comando y control del Sistema de Defensa Aeroespacial con el objeto de determinar la identidad, naturaleza, intencionalidad y destino de un vector.
D) SEGUIMIENTO: Escolta de un vector con el fin de determinar su destino o para mantener actualizada su posición.
E) VECTOR INCURSOR: A los efectos de las presentes RPA se considerará como vector/es incursor/es a todos aquellos medios aeroespaciales (tripulados o no) identificados o no, empleados con fines incompatibles con los establecidos en el derecho aeronáutico nacional e internacional que:
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Circulen en el espacio aéreo contraviniendo las normas y reglamentos vigentes.
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No respondan o no acaten las instrucciones de los Servicios de Control de Tránsito Aéreo.
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No respondan o no acaten las instrucciones ordenadas por la autoridad aeronáutica militar responsable de la defensa aeroespacial del Sector de Defensa.
F) VECTOR NO IDENTIFICADO: Situación de aquel medio aeroespacial en la que:
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No es factible determinar la identidad, ruta, destino, tripulación y tarea, mediante la información disponible en los Servicios de Tránsito Aéreo y/o en el Sistema de Defensa Aeroespacial.
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Durante la identificación, a través de la interceptación, se verifica que no presenta matrícula y signos distintivos del modo y forma reglamentarios o que se comprueba falsedad de los mismos.
NOTA: Los procedimientos de identificación visual se ajustarán conforme a las exigencias de la situación y de la misión, a lo prescripto en el ANEXO II del CONVENIO SOBRE AVIACIÓN CIVIL INTERNACIONAL y en las regulaciones argentinas de aviación civil, RAAC (Especialmente lo determinado en el RAAC PARTE 91.148 Y 91.149 "Interceptación de Aeronaves" y "Frases para uso de Aeronaves INTERCEPTORAS E INTERCEPTADAS", como así también el APENDICE U: "Señales que han de utilizarse en caso de interceptación").
G) FUERZA, VECTOR O MEDIO HOSTIL: Medio/s aéreo/s, tripulado/s o no que por sus características, en el marco de la situación y exigencias de la misión, implica/n una probabilidad de daño o peligro a los intereses vitales de la Nación.
H) AGRESIÓN: Acto por el cual se pretende afectar la integridad física del personal y/o material.
Gradación en la aplicación de la fuerza contra incursores aéreos.
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Advertencia: Procedimiento por medios radioeléctricos o visuales de acuerdo con lo prescripto en la normativa OACI y en RAAC, debiendo indicarse claramente la conducta a seguir.
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Demostración de fuerza: Conjunto de actividades, a través de la interceptación aérea, que implican un acto de ostentación de fuerza (seguimiento, exhibición de armamento, maniobras aéreas intimidatorias u otros procedimientos) sin comprometer la integridad física del vector incursor, con el propósito de inducir un vector incursor a adoptar la actitud que se ordene.
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Uso intimidatorio de la fuerza (*): Conjunto de actividades que implican el empleo de las armas con el propósito de obligar a un vector incursor declarado como "HOSTIL" a que adopte la actitud que se le ordena. Conlleva en sí, una probabilidad de peligro para la circulación aérea del vector incursor como así también a personas y/o bienes en la superficie.
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Uso de la fuerza (**): Empleo de las armas en cumplimiento de una misión y que por su naturaleza inherente puede llegar a ser letal. Su utilización, desde el punto de vista aeroespacial, implica el empleo de poder de fuego de la aeronave interceptora contra la estructura del vector incursor, con el objeto de anular la capacidad de vuelo del vector incursor impidiendo la continuidad de su trayectoria, circunstancias en las que se deberán adoptar las precauciones tendientes a evitar o minimizar la probabilidad de daños a la vida y/o bienes en la superficie (daño colateral). El uso de la fuerza como acción de "ÚLTIMO RECURSO" deberá estar condicionado a:
a) Confirmación de la situación prevista (acto hostil), que amerite la aplicación de la RPA correspondiente y que se haya difundido la declaración de "hostil" al Tráfico Aéreo Ilegal (TAI).
b) Aprobación por parte de la Autoridad de Decisión para la aplicación de la RPA N° 004.
c) Empleo de medios militares bajo Comando y/o Control Operacional de la Autoridad de Ejecución.
NOTAS:
(*) Estas actividades pueden abarcar acciones de guerra electrónica, iluminación con radares de adquisición y tiro, interferencia en las comunicaciones, maniobras aéreas, ráfagas intimidatorias con armas de fuego u otros procedimientos.
(**) Esta alternativa implica un peligro de daños que provoque el derribo del vector incursor.
TITULO IINIVELES DE CONDUCCIÓN
ARTÍCULO 2°.- Para la aplicación de las presentes REGLAS DE PROTECCIÓN AEROESPACIAL (RPA) se considerarán las siguientes autoridades:
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AUTORIDAD NACIONAL RESPONSABLE. El Presidente de la Nación Argentina como Comandante en Jefe de las Fuerzas Armadas.
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AUTORIDAD DE DECISION. El Ministro de Defensa es la autoridad sobre la cual la AUTORIDAD NACIONAL RESPONSABLE delega en este acto sus facultades para las decisiones en caso de ser necesaria la aplicación de la RPA N° 004.
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AUTORIDAD DE APLICACIÓN. Es la autoridad responsable de la supervisión y orientación de las misiones y tareas que deban realizarse para lograr la defensa del espacio aéreo.
Las autoridades de aplicación de las presentes RPA son:
a) El JEFE DEL ESTADO MAYOR CONJUNTO DE LAS FUERZAS ARMADAS (JEMCFFAA)
b) El JEFE DEL ESTADO MAYOR GENERAL DE LA FUERZA AÉREA ARGENTINA (JEMGFAA)
c) El COMANDANTE OPERACIONAL DE LAS FUERZAS ARMADAS, dependiente del ESTADO MAYOR CONJUNTO DE LAS FUERZAS ARMADAS.
- AUTORIDAD DE EJECUCIÓN. Es la autoridad responsable a nivel operacional de la dirección, planificación, conducción y ejecución de las operaciones relacionadas con la defensa aeroespacial en todo el espacio aéreo soberano de la REPÚBLICA ARGENTINA, quien actuará en el cumplimiento del presente para:
a) Adoptar decisiones e impartir órdenes a la totalidad de los medios de las Fuerzas Armadas puestos bajo el Comando y Control del Sistema de Defensa Aeroespacial de la REPÚBLICA ARGENTINA en el marco de las RPA establecidas en el presente ANEXO.
b) Asesorar a la Autoridad de Aplicación sobre los cambios y modificaciones necesarias para el cumplimiento de la misión asignada.
Es Autoridad de Ejecución de las presentes RPA el COMANDANTE DEL COMANDO AEROESPACIAL del ESTADO MAYOR CONJUNTO DE LAS FUERZAS ARMADAS, quien ejercerá en forma permanente y efectiva la soberanía en dicho ámbito y será el encargado de aplicar las REGLAS DE PROTECCIÓN AEROESPACIAL enunciadas en el presente ANEXO.
A los efectos de lo previsto en el párrafo anterior se establecen en el APÉNDICE 1 las PRIORIDADES DE USO DEL ESPACIO AÉREO SOBERANO y en el APÉNDICE 2 las DE GESTIÓN Y CONTROL CONFORME AL NIVEL DE DEGRADACIÓN DE LA SITUACIÓN AEROESPACIAL, que regirán la coordinación civil militar para el uso compartido y flexible en todo el espacio aéreo de la REPUBLICA ARGENTINA.
TITULO IIIENUNCIADO DE LAS REGLAS DE PROTECCIÓN AEROESPACIAL (RPA)
ARTÍCULO 3°.- Las RPA autorizadas a utilizarse en el ámbito del SECTOR DE DEFENSA AEROESPACIAL del territorio de la REPÚBLICA ARGENTINA son las siguientes:
a) RPA 001: Está autorizada dentro del espacio aéreo del SECTOR DE DEFENSA AEROESPACIAL del territorio de la REPÚBLICA ARGENTINA la identificación de vectores incursores a través de:
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Los sensores del Sistema de Defensa Aeroespacial.
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La interceptación con medios aéreos del Sistema de Defensa Aeroespacial que permitan completar el proceso de identificación iniciado por los sensores efectuando un seguimiento de vectores incursores.
b) RPA 002: Una vez realizado el procedimiento de identificación y establecida la comunicación en ambos sentidos entre la "Aeronave Interceptada" y el "Control de Interceptación" / "Avión Interceptor", está autorizada la emisión de advertencias u órdenes según el siguiente detalle:
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Abandone el SECTOR DE DEFENSA AEROESPACIAL del territorio de la REPÚBLICA ARGENTINA.
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Adopte la actitud que se ordene.
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Compeler al aterrizaje.
c) RPA 003: Está autorizada la demostración de fuerza y, en caso de no obtener resultados, el uso intimidatorio de la misma por medios del Sistema de Defensa Aeroespacial, para obstaculizar, impedir o hacer cesar la acción de vectores incursores, sin afectar su integridad.
d) RPA 004: Está autorizado el uso de la fuerza por medios del Sistema de Defensa Aeroespacial para el derribo y/o destrucción de vectores incursores declarados "hostiles".
e) RPA 005: Está autorizado el uso de MEDIDAS ELECTRÓNICAS ACTIVAS (MEA), sobre el espacio aéreo correspondiente al SECTOR DE DEFENSA AEROESPACIAL del territorio de la REPÚBLICA ARGENTINA.
f) RPA 006: Está autorizada la ejecución de tareas de Exploración y Reconocimiento (EyR) con medios aéreos, dentro del espacio aéreo del SECTOR DE DEFENSA AEROESPACIAL del territorio de la REPÚBLICA ARGENTINA.
Está autorizada la ejecución de las acciones de autodefensa necesarias para la protección de los medios bajo Comando y Control operacional del SECTOR DE DEFENSA AEROESPACIAL DEL TERRITORIO DE LA REPÚBLICA ARGENTINA.
TITULO IVRESTRICCIONES
ARTÍCULO 4°.- Durante la aplicación de las RPA se observarán las siguientes restricciones limitativas para el empleo de armas:
- Lanzamiento de armas AIRE-AIRE y SUPERFICIE-AIRE: Las armas sólo podrán ser empleadas cuando el vector incursor sea declarado "hostil" y se disponga de contacto visual o su individualización pueda ser realizada mediante el empleo de al menos DOS (2) de los siguientes medios:
a) IFF o sistema comparable.
b) Ópticos - electrónicos.
c) De apoyo de Guerra Electrónica.
d) Comportamiento de dirección del blanco.
e) Plan de vuelo o información de los Servicios de Tránsito Aéreo.
f) Otros sistemas activos / pasivos que permitan determinar la individualización positiva del vector hostil.
APÉNDICE 1
USO FLEXIBLE DEL ESPACIO AÉREO- PRIORIDADES DE USO DEL ESPACIOAÉREO SOBERANO
ARTÍCULO 1°.- La prioridad para el uso del espacio aéreo soberano entre la autoridad civil y las militares estará definida, de acuerdo con lo que recomienda la ORGANIZACIÓN DE AVIACIÓN CIVIL INTERNACIONAL, considerando los siguientes aspectos:
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Las exigencias de la Defensa Nacional.
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Los aspectos de seguridad y flexibilidad del tránsito aéreo en general (civil y militar):
a) Necesidades de coordinación derivadas del empleo común del
espacio aéreo; proporcionando servicios apropiados, incluyendo el control radar.
b) La compatibilidad de las actividades militares y civiles en un mismo espacio.
c) La necesidad de limitar al mínimo las reservas y restricciones del espacio aéreo, de modo que la interferencia entre las actividades civiles y militares sean mínimas.
d) Los efectos de la incompatibilidad entre la navegación civil y
militar y entre los equipos de comunicaciones.
e) La inconveniencia causada a cada usuario cuando haya conflicto
de intereses entre los usuarios civiles y militares.
f) La necesidad de consulta mutua previa construcción de nuevos
aeródromos, instalaciones militares, emplazamiento de ayuda a la navegación, y otras instalaciones los cuales una vez que funcionen, puedan repercutir en la organización y utilización del espacio aéreo.
ARTÍCULO 2°.- A efectos de permitir una integración efectiva y sinérgica del espacio aéreo de responsabilidad, en relación a las tareas que cumplen las distintas aeronaves, se establecen las siguientes prioridades de uso:
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Globos aerostáticos y planeadores.
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Aeronaves en emergencia.
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Aeronaves asignadas a tareas relacionadas con la Defensa Aeroespacial, entendida esta como al empleo de los medios interceptores, de vigilancia, reconocimiento, apoyo y control correspondientes.
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Aeronaves en tareas de evacuación aeromédica.
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Aeronave asignada al traslado Presidencial.
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Aeronaves asignadas a tareas relacionadas con la Defensa Nacional, entendida esta como al empleo de vectores aeroespaciales destinados a la movilización y/o apoyo de medios del instrumento militar en situación de urgencia, crisis o conflicto.
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Aeronaves asignadas a tareas de Búsqueda Asistencia y Salvamento de aeronaves.
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Aeronaves afectadas por una situación meteorológica desfavorable o que impide la prosecución del vuelo en forma normal, requiriendo cambios urgentes en los permisos concedidos y/o afectando espacios asignados a otra autoridad.
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Aeronaves en traslados humanitarios.
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Aeronaves en vuelos sanitarios.
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Resto de las aeronaves, conforme a su precedencia de llegada/salida.
ARTÍCULO 3°.- A efectos de su administración y gestión en forma flexible, serán considerados como:
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ESPACIOS DE GESTIÓN DE LA AVIACIÓN CIVIL: Aerovías, Áreas de Control Terminal y Áreas de Aproximación y de tránsito de aeródromos no militares y toda otra porción del espacio aereo de jurisdicción de la Autoridad Aeronáutica Militar y Aeroespacial de Defensa que, habiendo sido requerido por alguna circunstancia, sea específicamente coordinado y asignado (en tiempo y espacio prefijado), para su uso por parte de la ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE AVIACIÓN CIVIL (ANAC).
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ESPACIOS DE GESTIÓN MILITAR: las Áreas Reservadas, Prohibidas o
Restringidas, las Áreas de Aproximación y Aterrizaje de los Aeródromos Militares y todas aquellas que se establezcan para el cumplimiento de las tareas relacionadas con la Defensa Nacional.
- ESPACIOS DE GESTIÓN COMÚN: todos los espacios, no comprendidos en los anteriores, los que podrán ser utilizados por las partes cuando la situación lo requiera (previo requerimiento y coordinación), aplicándose para ello, las prioridades enunciadas precedentemente. En dichas circunstancias las Autoridades correspondientes, deberán considerar particularmente la situación de los vuelos que puedan estar utilizando dicho espacio requerido, estableciendo los mecanismos necesarios para permitir la información oportuna a los mismos, del cambio de circunstancias en dicha área de vuelo, asegurando mantener adecuados niveles de seguridad operacional.
ARTÍCULO 4°.- A efectos de permitir un adecuado uso flexible del espacio aéreo de jurisdicción, se establecen las siguientes prioridades de uso y transferencia del espacio consignado en los incisos 1 y 2 del artículo 3° del presente, donde, en función de las prioridades de uso, podrán ser requeridos por la contraparte, en forma parcial o total (de acuerdo con las circunstancias), debiendo en tal caso establecerse su uso en forma temporal al requirente toda vez que:
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El mismo no esté siendo utilizado o no se haya otorgado permiso de tránsito para ello.
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Encontrándose en uso por parte del usuario primario, existan requerimientos relacionados con una situación de prioridad superior.
Las prioridades, serán de aplicación obligatoria, excepto que circunstancias de excepción hagan aconsejable su variación, debiendo la autoridad correspondiente informar y coordinar previamente dichos cambios con el fin de no afectar la seguridad operacional ni las actividades relacionadas con la Defensa Nacional/Aeroespacial.
Las vulneraciones en materia de coordinación y cooperación, serán informadas por la vía jerárquica a la autoridad correspondiente y previo descargo de la contraparte, el hecho será analizado por un Comité Interministerial el cual se encargará de establecer las recomendaciones y adoptar las medidas administrativas que correspondan.
Ambas Autoridades elaborarán las medidas correspondientes (incluyendo los mecanismos de coordinación) con el objeto de permitir la aplicación efectiva de lo establecido en el presente APÉNDICE.
APÉNDICE 2
PRIORIDADES DE GESTIÓN Y CONTROL CONFORME AL NIVEL DE DEGRADACIÓN DE LA SITUACIÓN AEROESPACIAL.ARTÍCULO 1°.- La presencia de medios aeroespaciales dentro del espacio aéreo soberano que no cumplan con las normas establecidas por la autoridad correspondiente, se aparten del plan de vuelo aprobado sin causa justificada, no acaten las instrucciones de los controles correspondientes y/o existan dudas respecto de su intención o situación, implicará una degradación en la situación aérea nacional, lo que requerirá la intervención de la Autoridad de Defensa Aeroespacial, la cual podrá, en virtud de la situación general y particular existente, asumir algunos de los grados de control, establecidos en el artículo 2° ,sobre el área soberana y/o sobre la gestión y/o sobre los medios que prestan los Servicios de Control de Tránsito Aéreo.
ARTÍCULO 2°.- A los fines del artículo 1° se establecen los siguientes grados de control:
a) CONTROL POR COORDINACIÓN: detección de una aeronave no identificada o que no acata las instrucciones del control correspondiente, sin presumir una afectación de los intereses vitales de la Nación, resultando necesaria la intervención de la Autoridad de Defensa Aeroespacial para determinar la situación de la misma, coordinando la acción con las autoridades respectivas conforme el régimen de prioridades.
b) CONTROL PARCIAL: detección de múltiples medios no identificados simultáneos en un área limitada, o situación o acción que hace presumir una posible afectación de intereses vitales de la Nación, la Autoridad de Defensa Aeroespacial podrá asumir el control.
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Sobre una porción predefinida del espacio aéreo soberano, en forma inmediata, coordinando con la ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE AVIACIÓN CIVIL (ANAC) y/o con el proveedor de los Servicios de Tránsito Aéreo que corresponda, el desvío del tránsito aéreo civil cuya seguridad operacional podría verse afectada o degradada de mantenerse volando o de ingresar a dicha área.
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Cuando por la magnitud de la incertidumbre o por la inmediatez de la acción propia de la situación, sea necesario dar órdenes directas a los responsables de la prestación de los Servicios de Tránsito Aéreo dentro del área de jurisdicción afectada, a efectos de sincronizar en forma directa e inmediata la acción defensiva necesaria con el tránsito aéreo civil.
c) CONTROL TOTAL: cuando resulta inminente una acción hostil, se ha detectado una presencia múltiple simultánea de medios aeroespaciales no identificados o que podrían constituir una amenaza potencial a los intereses vitales de la Nación y/o se ha materializado un acto hostil y simultáneamente se ha/n detectado medio/s aeroespacial/es no identificado/s o existe una situación de gran incertidumbre, la Autoridad de Defensa Aeroespacial asumirá el control total del espacio aéreo de jurisdicción, para lo cual podrá actuar de alguno de los siguientes modos:
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CONTROL TOTAL BAJO SUBORDINACIÓN DIRECTA: los Servicios de Control de Tránsito Aéreo continuarán brindando los servicios normales a la aviación civil, pero subordinados en forma directa a la Autoridad de Defensa Aeroespacial y aplicando las restricciones que ésta le imponga.
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CONTROL TOTAL INTEGRAL: la complejidad y/o magnitud de la situación/incertidumbre requiere despejar el espacio aéreo de jurisdicción de medios civiles para el accionar exclusivo de los medios del Instrumento Militar, subordinando al Control de Tránsito Aéreo Militar toda autorización de vuelo, conforme las reglas y restricciones de vuelo establecidas por la Autoridad de Defensa Aeroespacial.
ARTÍCULO 3°.- La aplicación del grado de control surgirá en forma directa del grado o nivel de degradación de la situación aeroespacial existente en un momento dado y será establecida en forma directa por la Autoridad de Defensa Aeroespacial.
ARTÍCULO 4°.- La Autoridad de Defensa Aeroespacial estará facultada para disponer en forma parcial o total el apagado inmediato de los sistemas de ayuda a la navegación y/o de vigilancia, toda vez que lo considere necesario a efectos de la Defensa Nacional, evitando afectar la seguridad operacional de la aviación civil.
ARTÍCULO 5°.- La Autoridad de Defensa Aeroespacial y la ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE AVIACIÓN CIVIL (ANAC), cada una en la medida de sus competencias, reglamentarán las presentes normas y/o propondrán las modificaciones necesarias de las existentes a fin de adecuarlas a lo señalado precedentemente, estableciendo a su vez los procedimientos específicos de cada jurisdicción y aquellos que sean comunes para la coordinación civil militar a efectos de asegurar la implementación plena de lo establecido en el presente APÉNDICE.
http://servicios.infoleg.gob.ar/infolegInternet/anexos/315000-319999/316449/norma.htm -
@sam
Suena muy lindo todo lo que escribís y no niego que esta escrito, pero los hechos son lo que marca la realidad no letra escrita que no se aplica Vos pensas que en mas de veinte años no entro ningún avión narco por la frontera? que nuestros cielos estan inmaculados? Cuanta ingenuidad!La única aeronave derribada en Argentina fue un Eurocopter de GN que fue embestido por una avioneta narco
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@darwin Veinte años? De qué estamos hablando? O te hacés eco de los delirios etílicos Patricia Bullrrich.
Cualquiera que recorra la región te puede decir que coladores son las fonteras de Brasil, Paraguay, Bolivia y Uruguay, en la región sólo Chile y Argentina son países estrictos en términos de fronteras. (Con excepción de los agro-contrabandistas VIP del Paraná, pero la Aduana es otro asunto)
Sinceramente desconozco el caso de Perú pero dudo que se lo tomen a la ligera. -
Estimado Sam,
Si se puede pasar producción agro, te pensás que no pasa droga y otras cosas? La GN y la PNA, no dan abasto...
La Fuerza Aérea India, prueba los misiles MICA
MICA-20thAug.jpg
Según informes, la Fuerza Aérea de la India ha llevado a cabo pruebas exitosas del misil MICA Beyond Visual Range (BVR), que se integrará con los aviones de combate Rafale recientemente adquiridos.
Según un informe de New Indian Express, la Fuerza Aérea de la India realizó las pruebas utilizando los aviones de combate Sukhoi Su-30 MKI frente a la costa de Odisha.
El avión de combate destruyó con éxito un objetivo aéreo, utilizando el misil MICA a baja altitud.
Un funcionario de defensa dijo: “Se han cumplido todos los parámetros de la misión ya que el objetivo fue destruido validando el sobre de lanzamiento del misil. El misil equipará los aviones de combate Sukhoi y Rafale ".
India adquirió el sistema de misiles MICA de Francia. Es un sistema de misiles de corto y medio alcance que dispara y olvida, que se puede lanzar desde aviones de combate, así como desde unidades terrestres y barcos.
El misil de 3,1 m de largo, que pesa aproximadamente 112 kg, es capaz de destruir objetivos dentro de un rango de 500 ma 60 km. Tiene dos variantes guiadas por radiofrecuencia (RF) e infrarrojos (IR).
La prueba se ha realizado porque las fuerzas armadas indias han estado involucradas en un enfrentamiento militar con China a lo largo de la Línea de Control Real durante los últimos tres meses.
https://www.airforce-technology.com/news/indian-air-force-mica-air-to-air-missile/
Primer vuelo de un Gripen-E por piloto de la Fuerza Aérea Brasileña
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El piloto de la Fuerza Aérea Brasileña, el aviador mayor Cristiano de Oliveira Peres, realizó ayer el primer vuelo del avión de combate F-39 Gripen E fabricado para Brasil en Linköping, Suecia.
El piloto voló el avión sobre el Mar Báltico durante aproximadamente 50 minutos. La actividad es parte de la verificación de las cualidades de vuelo y pilotaje de la aeronave, según un anuncio de la FAB.
La FAB explica que la preparación para el vuelo se venía realizando desde enero con el piloto sometido a una serie de entrenamientos que lo habilitaban para pilotar. Entre ellos estaba el estudio de la documentación técnica del F-39 Gripen y muchas horas de formación en simuladores.
Ucrania busca reemplazar sus L-39 con Super Tucanos
Que lastima como seguimos perdiendo oportunidades😠
https://defence-blog.com/news/ukraine-looking-to-replace-l-39-with-super-tucano-trainer.html
La Fuerza Aérea de los Países Bajos retira sus C-130 Hércules
Según el sitio Janes, el Ministerio de Defensa de los Países Bajos anunció el pasado 13 de octubre que los 4 C-130H (dos de la versión alargada H-30) operados por la Real Fuerza Aérea, serán reemplazados ya que sus tasas de disponibilidad se han vuelto tan bajas que dificultan las operaciones simultáneas.
C-130H ROYAL FORCE 01.jpg
“El Ministerio de Defensa reemplazará los cuatro aviones de transporte Hércules C-130H actuales antes de lo previsto. El proyecto se está implementando ahora entre 2021 y 2028, y el primer avión llegará en 2026. La secretaria de Estado de Defensa, Barbara Visser, ya informó al parlamento de esto [el 12 de octubre]”, comunicó el Ministerio.
Se había especulado con una modernización, pero esta finalmente se descartó.
El Ministerio de Defensa indicó los requisitos mínimos que deben cumplir:
capacidad de operar en pistas no preparadas capacidad de despegue y aterrizaje cortos (STOL) configuración de evacuación médica (medevac) y atención de paciente en vuelo capacidad de transportar de 60 paracaidistas totalmente equipados alcance no menor de 2,000 mn equipado con sistemas de autoprotección modernos equipado con data link para capacidades "network-centric”, operaciones enlazadas en redLos dos principales "candidatos" por capacidades similares son el C-130J Súper Hércules y el KC-390 de Embraer. El Súper Hércules es el candidato "natural" por el cual optaron la mayoría de los operarios par reemplazar a sus viejos Hércules. El KC-390 es una aeronave novedosa en el mercado y por el momento solo tiene dos pedidos en firmes (la Fuerza Aérea Brasileña y la Fuerza Aérea Portuguesa).
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Otros oferentes que se podrían candidatear son Airbus con su A400M y el Japón con su Kawasaki C-2. Estos dos aviones de transportes están un escalón superior en capacidades de los dos primeros e igualmente en precio. Airbus podría poner en juego sus influencias para inclinar la balanza, además pesa también la interoperatividad del sistema con otras FFAA de la OTAN que ya lo utilizan. Japón por otro lado busca exportar su equipamiento de fabricación militar y podría dar una financiación seductora para quedarse con la oferta.
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Francia realiza el primer contacto "húmedo" entre un A400M y el helicóptero H225M
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Mientras una campaña de prueba el año pasado llevó a cabo una serie de contactos "secos", esta fue la primera vez que se pasó combustible entre las dos aeronaves.
El rendimiento de la envolvente de vuelo también se estudió en la última ronda de evaluaciones, que se llevó a cabo del 20 al 31 de julio.
La calificación de la capacidad de reabastecimiento de combustible de helicópteros en el A400M se anticipa el próximo año, antes de su autorización de configuración operativa final en 2022.
Aunque el Atlas es capaz de repostar aviones de ala fija como el Dassault Rafale y el Lockheed Martin C-130, la fuerza aérea francesa ha tenido problemas para adaptar el avión de transporte para que realice la misma misión para los helicópteros.
Esos problemas llevaron a París a adquirir un par de petroleros KC-130J como medida provisional, y los aviones construidos en Estados Unidos llegaron en 2019 y 2020.
El presidente de Corea del Norte Kim Jong-un, visitó la planta KnAAZ en Komsomolsk del Amur donde se producen los cazas de superioridad aérea Su-35 y Su-57
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El "sueño húmedo" del coreano, subido a un Su-57
El líder norcoreano, Kim Jong-un, llegó a Komsomolsk del Amur, donde visitó las fábricas de aviones rusas. El gobierno ruso habló sobre esto en el canal Telegram .
En la planta de aviones que lleva el nombre de Yu.A. A Gagarin Kim se le mostró el montaje de los cazas Su-35 y el complejo aeronáutico Su-57. Junto con el ministro ruso de Industria y Comercio, Denis Manturov, evaluó el vuelo de demostración del Su-35, informó el gobierno.
Además, en el centro de producción de la división civil de la UAC Yakovlev, a la delegación norcoreana se le mostró la fabricación de piezas y el montaje final del Superjet civil 100 (SJ-100). “Actualmente se está probando allí el SJ-100 con sistemas rusos y se están realizando los preparativos para las pruebas en el aeródromo del avión con motores rusos PD-8. En el taller de montaje también se encuentran los primeros vehículos de serie que se suministrarán a las aerolíneas”, se indica en el informe.
Al final de la visita de Kim Jong-un, Manturov anunció el visible potencial de cooperación en la fabricación de aviones y otras industrias, lo cual es importante para lograr la soberanía tecnológica.
La FAC sustituyen los entrenadores Cessna T-37B por Texan II T-6
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Etiquetas: entrenador, Fuerza Aérea de Colombia (FAC), T-6C "Texan II", Textron, Textron Aviation
AVIÓN REVUE - 20 octubre 2020
Nuevas aeronaves para entrenamiento en la Fuerza Aérea Colombiana (FAC). La institución anunció el reemplazo progresivo de sus aeronaves de entrenamiento básico y avanzado de pilotos.
Con el propósito de proveer mejor instrucción de vuelo e incrementar la seguridad operacional en las escuelas básica y avanzada, que hacen parte del proceso de formación de alféreces de la Escuela Militar de Aviación ‘Marco Fidel Suárez’. La Fuerza Aérea colombiana, dará inicio al reemplazo progresivo de las actuales aeronaves.
Adquiridos en el año 1969, y habiendo cumplido 51 años de servicio ininterrumpido. Los aviones Cessna T-37B ‘Tweet’ empezarán a ser sustituidos por nuevos aviones Texan T-6, destinados a la formación avanzada de vuelo. Sus características técnicas y alta confiabilidad, permitirán formar pilotos de conformidad con las exigencias de la aviación internacional y dentro de los altos estándares que demanda el vuelo militar en la FAC.
Se espera que las nuevas aeronaves empiecen a operar en el mes de marzo de 2021.
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La Fuerza Aérea de Filipinas recibió seis Embraer A-29 Super Tucano
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14/10/2020
Los seis Embraer A-29 Super Tucano serán utilizados por la Fuerza Aérea de Filipinas para apoyo aéreo cercano, ataque ligero, vigilancia, interceptación aire-aire, misiones de contrainsurgencia, entrenamiento avanzado y son parte del plan de modernización en curso de PAF
En noviembre de 2017, la Fuerza Aérea de Filipinas realizó un pedido en firme de seis aviones de ataque ligero y entrenamiento avanzado Embraer A-29 Super Tucano, después de un exhaustivo proceso de licitación pública.
«La Fuerza Aérea de Filipinas se enorgullece de dar la bienvenida a los seis Embraer A-29B Super Tucano como parte de nuestra flota», declaró el teniente general Allen T. Paredes AFP, Comandante General de la Fuerza Aérea de Filipinas.
«La incorporación de estos aviones de apoyo aéreo cercano es un gran salto en nuestra capacidad de poder aéreo a medida que nos elevamos juntos en nuestro vuelo hacia una Fuerza Aérea más capaz y creíble para la nación y su gente», concluyó Allen T. Paredes.
El Embraer A-29 Super Tucano es un avión turbohélice versátil y potente, capaz de llevar a cabo una amplia gama de misiones, incluso operando desde pistas no preparadas. Hasta la fecha, el Super Tucano fue seleccionado por 15 fuerzas aéreas en todo el mundo.
«Es un honor entregar estos seis Súper Tucanos A-29 a la Fuerza Aérea de Filipinas», expresó Jackson Schneider, presidente y director ejecutivo de Embraer Defense & Security. «La entrega de un avión en medio de una pandemia mundial es un desafío, pero estábamos comprometidos a hacer un esfuerzo adicional en cada paso del camino para tener el avión en manos de PAF para cumplir con sus misiones de seguridad».
Fuente: HangarX
Parece una noticia un poco increible, pero medios rusos, afirman que el misil anti naval Kh-32 ya es parte del armamento conque va dotado el Sukhoi Su-30SM.
Recordamos que el Kh-32 es la temible versión modernizada del anterior Kh-22, misil casi exclusivo del bombardero Tu-22M3.
El peso de este misil es de 6 toneladas y su cabeza de guerra pesa 1.000 kilos... Habría que averiguar en las próximas publicaciones si la versión para el Su-30 es una versión adaptada y con menor peso.
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La potente modernización para el caza polivalente Su-30SM**alt text
El caza ruso Su-30SM diseñado para atacar objetivos en aire y distintas superficies —tanto en tierra como en el mar— con misiles guiados o no guiados aire-aire y aire-superficie ahora estará equipado con misiles antibuques hipersónicos.
Se trata de un nuevo misil aire-superficie que se está desarrollando como parte del trabajo de la modernización denominada Adaptación-Su.
Según los expertos consultados por el medio ruso Izveztia, se busca equipar al Su-30SM con un misil hipersónico de propulsión líquida Kh-32, que antes solo se utilizaba en los bombarderos de largo alcance como los Tu-22M3.
El Kh-32 es un poderoso misil de doble propósito que puede ser empleado contra buques en la superficie del mar como contra objetivos terrestres con coordenadas previamente conocidas, explicó Dmitri Kornev.
Estos poderosos misiles también pueden mejorar radicalmente las capacidades de la aviación, pues con ellos estos cazas pueden alcanzar objetivos en la superficie y en tierra a una distancia de hasta 1.000 kilómetros.
Para asegurar el uso de la novedosa munición se modificará la estación de radar H011M. El sistema informático del caza y el sistema de defensa a bordo también serán modernizados, además, los componentes extranjeros serán reemplazados por nacionales.
Se prevé que el desarrollo de la modernización de la aeronave se complete a finales de año.
El Su-30SM se ha convertido en el caza más numeroso que está en servicio. Además, posee un extenso arsenal de armas y bombas de alta precisión. Estos cazas también están equipados con misiles anti-buque Kh-31 y con ellos se entrenan regularmente para destruir objetivos de superficie.
Los cazas Su-30 y sus modificaciones son uno de los cazas de exportación más populares de la industria militar rusa. Además de Rusia, el Su-30SM está en servicio en Armenia, Bielorrusia y Kazajistán. Sus versiones de exportación están disponibles en los arsenales de China, la India, Vietnam, Malasia, Argelia y otros países.
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Bulgaria recibe sus primeros 2 Su-25 modernizados en Bielorrusia
AviaciónOnline.com - Por GASTÓN DUBOiS - 26/09/2020
La Fuerza Aérea Búlgara (BuAF) recibió el primer par de aviones de apoyo aéreo cercano Su-25 Frogfot, 2 de las 8 aeronaves que mandó a Bielorrusia para una reparación profunda, extensión de vida y modernización.
Se trata de un monoplaza y un biplaza, que llegaron desensamblados en la bodega de aviones de carga Ilushin IL-76. Los 6 aparatos restantes (un biplaza y 5 monoplazas) se irán entregando hasta que los últimos lleguen a Bulgaria a finales de Febrero del 2021.
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Así partían para Bielorrusia
El contrato realizado entre el Ministerio de Defensa de Bulgaria y la fábrica 558 ARZ de Bielorrusia, tuvo un valor de $49,2 millones de dólares y se firmó en Diciembre del 2018.
Así volvían a casa
Los trabajos a realizar en los 8 Su-25 se centraron en la revisión y reparación en profundidad (overhaul), para extender la vida operativa de las aeronaves hasta los 40 años. A la célula y conjunto alar se les extendió la vida útil a 800hs, o 10 años de operación. Los turbojets R-95Sh que impulsan a los Frogfot también fueron reparados y recibieron una extensión de vida de 500 hs. De esta forma la BuAF podrá seguir operando este efectivo avión de combate hasta el 2027 o 2028. Existe la opción de extender la vida operativa por otros 10 años (hasta los 50 años) si Bulgaria quiere, mediante otro trabajo de recorrida y reparación de células y motores.
En cuanto a la modernización, el foco estuvo puesto en la digitalización y el reemplazo de componentes obsoletos. Se instalan dos nuevas radios, un nuevo sistema de navegación con un receptor satelital GPS / GLONASS, una grabadora de datos de vuelo mejorada, una grabadora de audio / video digital, una nueva pantalla frontal (HUD) y pantallas multifuncionales en la cabina. También recibe mejoras en los sistemas de auto-protección e implementa la capacidad de disparar misiles aire-aire de corto alcance del tipo R-73.
La modernización de los Su-25 se enmarca dentro del importante esfuerzo que está llevando adelante la Fuerza Aérea Búlgara para reestructurarse y modernizarse, adaptándose a los tiempos que corren. Como parte fundamental de ese proceso se realizó la compra de 8 F-16V a la Lockheed Martin, que junto con los Su-25, serán la punta de lanza de la capacidad de combate de la BuAF.
Pienso que la Fuerza Aérea Peruana (FAP) podría estar interesada en una modernización y extensión de vida de este tipo. Por poco más de $6 millones de dólares por unidad, parece buen negocio para seguir teniendo un muy buen avión como el Su-25, volando de forma segura por unos cuantos años más.
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El ministerio de defensa japonés requiere de componentes que estén en niveles de alta tecnología, en áreas como vehículos aéreos no tripulados sigilosos, sistemas de misiles aerotransportados, radares, sensores, guerra electrónica y equipos de comunicaciones, según el medio de comunicación Janes.
La noticia agrega que en esta próxima fase se continuarán las discusiones relacionadas con el desarrollo de F-X con los EE. UU. y el Reino Unido.
"Estamos invitando a las empresas a [apoyar] la integración de los aviones de combate", dice Kono. "Actualmente estamos intercambiando información con los EE. UU. Y el Reino Unido para profundizar nuestra consideración de la cooperación internacional en este proyecto de desarrollo".
En julio, el Ministerio de Defensa dijo que elegiría una sola compañía japonesa para que actuara como contratista principal e integrador principal de sistemas para el avión, según Janes. Se cree que esa compañía probablemente sea Mitsubishi Heavy Industries, que construye el Mitsubishi F-15J y opera una instalación de ensamblaje final y verificación para el F-35 Lightning II en Nagoya, Japón.
El Future Fighter reemplazará a la flota Mitsubishi F-2 de Tokio en la década de 2030. El F-2 es un caza derivado del F-16 de Lockheed Martin.
Según los informes, la producción en masa del F-X está planificada para comenzar en 2031. El avión de próxima generación se desplegaría en 2035.
https://www.flightglobal.com/fixed-wing/japan-requests-foreign-help-with-f-x-as-programme-moves-into-next-phase-reports/139927.article
CHINA PRESENTA UN DISEÑO BIPLAZA DEL AVIÓN FURTIVO BASADO EN EL J-20
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-Variante innovadora pensada como avión de alerta temprana y centro de comando para aviones y lanzacohetes
-El diseño de 2 asientos similar al Su-34 ruso sería una primicia mundial entre los aviones de combate furtivos monoplaza
China está desarrollando un avión de guerra furtivo biplaza de nueva generación, basado en su caza más avanzado, el J-20, destinado a ser un avión de alerta temprana que servirá como centro de comando para otras armas como aviones de combate y lanzacohetes.
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El Instituto de Diseño de Aeronaves de Chengdu (CADI) del J-20, está trabajando en la innovadora variante que será el primer caza furtivo del mundo con capacidad para dos pilotos. También será más innovador, según un informe en línea publicado a principios de esta semana.
El informe, que apareció en War Industry Black Technology, una plataforma de redes sociales administrada por Quantum Defense Cloud Technology con sede en Shenzhen, incluía un boceto de diseño de la variante biplaza y decía que serviría como un pequeño avión de guerra de alerta temprana.
Bell firma contrato para la venta de helicópteros UH-1Y Venom y AH-1Z Viper a República Checa
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El 4 de septiembre de 2020, Bell Textron Inc., Fort Worth (TX) recibió un contrato por USD 272 millones para la producción y entrega de ocho helicópteros UH-1Y Venom y cuatro AH-1Z Viper al gobierno de República Checa. Todo el trabajo se realizará en Fort Worth y Amarillo (Texas) y se espera que esté terminado en noviembre de 2023.
El contrato no incluye armamento, municiones, repuestos y entrenamiento de pilotos y personal de servicio.
La Fuerza Aérea Checa pretende reemplazar a sus flota de Mi-24 con los nuevos helicópteros Bell (webinfomil.com).
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Según Md Badaruddin, la Fuerza Aérea de Bangladesh recibirá 24 Grob G 120TP, un avión de entrenamiento de turbohélice de dos asientos y acrobático de ala baja con un fuselaje compuesto, construido por Grob Aircraft. Se basa en el avión de entrenamiento Grob G 120A y ha sido desarrollado para el entrenamiento de pilotos militares y civiles.
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Diseñado para ser un desarrollo adicional del G 120A, el G 120TP se convirtió durante el proceso de desarrollo en un tipo de avión casi nuevo. Debido al nuevo sistema de propulsión, el G 120TP ofrece nuevas capacidades para la formación básica y avanzada de pilotos, donde se puede utilizar como guía para un entrenador a reacción.
El Grob G 120TP tiene un tren de aterrizaje de triciclo retráctil y un plano de cola bajo. El primer cliente fue la Fuerza Aérea de Indonesia. La certificación de tipo EASA Part 23 se completó en mayo de 2013. Bangladesh se convierte en el último cliente de este avión de entrenamiento.
Aerotime
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La Fuerza Aérea de Bangladesh tiene principalmente 36 F-7 y 8 Mi-29, según la Base de Datos de Flightlobal 2021
Según un informe en el sitio web de Mondafrique, una gran parte de la flota de los EAU Mirage-2000 9/EAD/RAD terminará en Marruecos y los EAU han ofrecido los aviones de forma totalmente gratuita.
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Anteriormente, la misma noticia se publicó en un periódico español. En ese momento, el informe no fue confirmado ni negado por fuentes oficiales. Mondafrique dijo, citando a una “fuente bien informada”, que el acuerdo entre Marruecos y EAU era un hecho y que Marruecos adquiriría la mayoría de estos aviones sin dar un número. Los Emiratos están operando actualmente con 59 unidades del caza francés.
Ul diario español informó sobre la concesión de Mirage-2000 9/EAD/RAD de Emiratos Árabes Unidos a Marruecos y Egipto, pero no especificó el número para cada país. El sitio web francés meta-Defense, que trata el tema, dijo que Marruecos recibiría 34 aviones.
El informe de Mondafrique precisa que ya comenzaron los preparativos para la aceptación de la aeronave, pero con fecha de llegada desconocida, y que ya comenzó la formación de pilotos y técnicos. “Hace dos semanas, se enviaron técnicos a los Emiratos Árabes Unidos para recibir capacitación. La entrega de los aviones se realizará gradualmente”.
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Reemplazo de los Cessna A-37B de la FAU
Si se aprueba el presupuesto, la Fuerza Aérea Uruguaya espera poder concretar en 2021 la selección del reemplazo del Cessna A-37B Dragonfly. Por ahora, el modelo preferido es el Leonardo M346FA.
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Foto: Santiago Rivas
Info. Pucará Defensa
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Opinión
Seria una tremenda oportunidad perdida y un golpe de efecto para el Pampa que una fuerza aérea de la región elija como sucesor del A-37 a otro avión.
Yo me pregunto Susana Iriondo lee este tipo de noticias, hace algo al respecto? Es increíble que el Pampa III block 2 no le pueda interesar a una fuerza aérea como la FAU. Algo mal seguimos haciendo
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“El 26 de marzo, Rusia entregó a Tailandia tres helicópteros multipropósito Mi-17V-5, que habían sido adquiridos en el marco del programa de socorro en casos de desastre de Tailandia. El embajador de Rusia en Tailandia, Evgeniy Tomikhin, se une a la ceremonia oficial para completar la entrega de tres helicópteros en la base aérea de U-Tapao. Por lo tanto, el inventario tailandés de Mi-17V-5 aumentó a 10 helicópteros ”, dijo la embajada rusa en un comunicado de prensa.
Tailandia recibió anteriormente 7 helicópteros Mi-17V-5, de los cuales los tres primeros se entregaron en marzo de 2011, los 3 segundos, en noviembre de 2015, y los 2 últimos, en diciembre de 2018. Según informes tailandeses, los helicópteros se operan intensamente durante varias misiones de búsqueda y rescate (SAR), socorro en casos de desastre y transporte en las condiciones climáticas cálidas y húmedas del país asiático. También se dice que tienen mejores tasas de confiabilidad y consumo de combustible en comparación con las de otras plataformas de alas rotativas tailandesas, por ejemplo, el helicóptero pesado Boeing CH-47 Chinook.
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Mientras siguen los trabajos para convertir dos Boeing 747-8 en los nuevos Air Force One, la USAF ya piensa en sustituirlos por un nuevo avión supersónico e incluso hipersónico.
La Dirección de Transporte Aéreo Presidencial y Ejecutivo de la USAF ha firmado un acuerdo con la empresa con base en Los Ángeles Exosonic para el desarrollo de un nuevo avión supersónico ejecutivo que sustituya a los diferentes aviones que se empelan hoy en día en el transporte del presidente y demás altos cargos del Gobierno de Estados Unidos, así como a los miembros del Congreso y Senado de este país en sus viajes oficiales al extranjero.
Exosonic trabaja ya en un modelo de avión comercial supersónico que hace uso de tecnologías de atenuación del estampido sónico para poder volar sobre tierra a velocidades por encima de la del sonido. El acuerdo con la Fuerza Aérea de Estados Unidos incluye el diseño y desarrollo de una cabina de pasaje en versión ejecutiva, así como la adición de los equipos de comunicaciones y seguridad pertinentes para las misiones que deberá realizar este avión.
El diseño sobre el que trabaja Exosonic es el de un avión para 70 pasajeros capaz de volar a 1,8 Mach a una distancia de 9.250 km.
Este acuerdo sigue al firmado hace un mes entre dicha dirección y la empresa Hermeus Corporation de Atlanta para llevar a cabo un trabajo similar sobre el proyecto de esta de un avión hipersónico (capaz de volar a 5 Mach en este acaso), después de que el pasado febrero Hermeus llevase a cabo con éxito una prueba de un motor capaz de alcanzar esa velocidad.
En ninguno de ambos casos se ha dado un posible calendario dado que los dos diseños están todavía en sus primeras fases, además de que será en 2024 cuando se estima entrarán en servicio los dos Boeing 747-8 adquiridos paras sustituir a los dos B-747-200 que actualmente se usan para el transporte del presidente de EE.UU. y que entraron en servicio en noviembre y diciembre de 1990.
Fly news
Se esta preparando la OTAN para una guerra con Turquía?
España compra 100 misiles AIM-120C
El Departamento de Estado de EE.UU. ha dado su visto bueno para la venta a España de 100 misiles Aire-aire AIM-120C.
El Ejército del Aire sumará 100 misiles aire-aire AIM-120C-7/8 AMRAAM para sus cazas Eurofighter y F/A-18, junto a una sección de repuesto de guía y diversos equipos como sistemas de encriptamiento KGV-35A, y repuestos y herramientas para su mantenimiento, y la documentación técnica precisa, por valor de 249,5 millones de dólares.
Con esta autorización ya concedida, la Dirección General de Armamento (DGAM) del ministerio de Defensa y Raytheon (que será el suministrador de los misiles) pueden completar la negociación para la firma del contrato de venta (https://fly-news.es/).
El martes por la tarde, Irish Air Corps publicó en su cuenta de Twitter algunas fotos del nuevo avión Airbus Defense C-295 en la línea de producción de la fábrica de Sevilla, España. El pedido de los dos nuevos aviones C-295 se realizó en diciembre de 2019. Los aviones se entregarán en 2023. Son un reemplazo de los dos aviones CASA 235 que han estado operando en el rol de Patrulla Marítima desde su entrega a Badonnel en Diciembre de 1994. El Cuerpo Aéreo había operado previamente un CASA 235 '250' estándar en el período intermedio durante dos años antes de la entrega de la aeronave dedicada.
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El principal rol de la aeronave C-295 es la vigilancia marítima, en particular la protección de la pesca. También permite al Air Corps proporcionar una amplia gama de servicios que incluyen apoyo logístico y transporte de tropas y equipo, evacuación médica y ambulancia aérea, búsqueda y rescate y una función de utilidad general. Se ha informado en las redes sociales en los últimos días que al Departamento de Defensa se le ofrecieron recientemente dos aviones C-295 de segunda mano a un precio muy rebajado. Se cree que los dos aviones habrían costado menos de 40 millones de euros. Sin embargo, el Departamento no procedió con el trato. No está claro en esta etapa hasta dónde llegaron los posibles acuerdos para estos aviones. Se cree que los dos aviones involucrados se construyeron en 2018 y 2019 respectivamente y el segundo avión solo se entregó en agosto de 2020. Pasaron algún tiempo operando en África, pero han sido devueltos al arrendador y actualmente están almacenados en España. El C-295 habría estado disponible para su uso en un par de meses y se utilizaría como un avión de familiarización / entrenamiento en espera de la entrega de las dos nuevas máquinas.
https://flyinginireland.com/2021/08/first-photos-of-new-c295-for-irish-air-corps/