Política Exterior de la Rep.Argentina
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@Falconeti dijo en Política Exterior de la Rep.Argentina:
@BND Es así, y no caben otras interpretaciones. Hace unos cuantos meses en España detuvieron al hijo del cónsul chileno en Barcelona por verse involucrado en un hecho bastante confuso (un presunto robo en un vehículo diplomático con cómplices españoles), lo detuvieron los Mossos d'Esquadra, y al final lo tuvieron que soltar para evitar que la cosa se transformara en un conflicto diplomático. Y hace muchos años atrás, un diplomático israelí se vió envuelto en Chile en un episodio bastante lamentable, se emborrachó en un local de copas en Santiago y sin venir a cuento sacó un arma y amenazó a la gente que había en ese sitio, pero su condición de diplomático lo salvó de ser detenido, aunque posteriormente desde Israel ordenaron su repatriación para no escalar el tema.
Ni la sede diplomática, ni los diplomáticos, ni sus vehículos con esa patente, etc NO pueden ser violentados y punto final, y si no estas dispuesto a respetar los tratados y convenios internacionales que firmas como Estado, retírate de esos organismos.Todo depende - esa es la realidad del derecho internacional y los tratados y convenios que se firmen- de la capacidad de "disuasión" (para llamarlo de algún modo) del Estado donde se comete el delito. Andá a hacerlo en USA o Rusia : al personal lo detienen y en 48 horas lo expulsan del país.
Hay un ejemplo claro de limitaciones: cuando el personal diplomático es detenido y procesado por espionaje: no solo lo detienen sino que lo procesan, lo condenan y le hacen cumplir la condena en el pais.
Cómo en todos los órdenes, la importancia de la violación de la ley será la importancia de la respuesta. Ningún vehículo puede circular en violación de la ley argentina y todo conductor debe someterse a ella, diplomático o el más humilde del camionero que recoge la basura.
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La Convención de Viena es un documento extenso que contiene 53 artículos. A continuación se presenta una visión general básica de sus disposiciones clave[6].
• La nación anfitriona en cualquier momento y por cualquier motivo puede declarar a un miembro particular del personal diplomático como persona non grata. El Estado que envía debe recordar a esta persona en un plazo razonable o de lo contrario esta persona puede perder su inmunidad diplomática (artículo 9).
• Los locales de una misión diplomática, los locales diplomáticos son las sedes de los embajadores y son inviolables y no deben ser introducidos por el país anfitrión, salvo con permiso del jefe de la misión. Asimismo, el país anfitrión nunca debe registrar los locales, no puede confiscar sus documentos o bienes, y debe proteger la misión de la intromisión o los daños (artículo 22). El artículo 30 amplía esta disposición a la residencia privada de los diplomáticos.
• Los archivos y documentos de una misión diplomática son inviolables y no serán incautados o abiertos por el gobierno anfitrión (artículo 24).
• El país anfitrión debe permitir y proteger la libre comunicación entre los diplomáticos de la misión y su país de origen. Nunca se debe abrir una bolsa diplomática, ni siquiera bajo sospecha de abuso, y un mensajero diplomático nunca debe ser arrestado o encarcelado (artículo 27).
• Los diplomáticos no deben ser responsables de ningún tipo de arresto o detención, y el Estado receptor debe hacer todo lo posible para proteger a su persona y dignidad (artículo 29).
• Los diplomáticos son inmunes a la jurisdicción civil y penal del Estado anfitrión, con excepciones para las actividades profesionales fuera de las funciones oficiales del diplomático (artículo 31). El artículo 32 permite enviar a los Estados a renunciar a esta inmunidad.
• Las misiones diplomáticas están exentas de impuestos (artículo 34) y derechos de aduana (artículo 36).
• Los familiares de los diplomáticos que viven en el país de acogida gozan de la mayoría de las mismas protecciones que los propios diplomáticos (artículo 37) -
No, los tratados se firman no para interpretarlos, sino para cumplirlos. Si fuera como usted dice, y se dejara al libre albedrío la interpretación de un tratado/convenio internacional, sería un kilombo, justo lo contrario de lo que se pretende con su existencia.
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@Planeador dijo en Política Exterior de la Rep.Argentina:
@Falconeti dijo en Política Exterior de la Rep.Argentina:
@BND Es así, y no caben otras interpretaciones. Hace unos cuantos meses en España detuvieron al hijo del cónsul chileno en Barcelona por verse involucrado en un hecho bastante confuso (un presunto robo en un vehículo diplomático con cómplices españoles), lo detuvieron los Mossos d'Esquadra, y al final lo tuvieron que soltar para evitar que la cosa se transformara en un conflicto diplomático. Y hace muchos años atrás, un diplomático israelí se vió envuelto en Chile en un episodio bastante lamentable, se emborrachó en un local de copas en Santiago y sin venir a cuento sacó un arma y amenazó a la gente que había en ese sitio, pero su condición de diplomático lo salvó de ser detenido, aunque posteriormente desde Israel ordenaron su repatriación para no escalar el tema.
Ni la sede diplomática, ni los diplomáticos, ni sus vehículos con esa patente, etc NO pueden ser violentados y punto final, y si no estas dispuesto a respetar los tratados y convenios internacionales que firmas como Estado, retírate de esos organismos.Todo depende - esa es la realidad del derecho internacional y los tratados y convenios que se firmen- de la capacidad de "disuasión" (para llamarlo de algún modo) del Estado donde se comete el delito. Andá a hacerlo en USA o Rusia : al personal lo detienen y en 48 horas lo expulsan del país.
Hay un ejemplo claro de limitaciones: cuando el personal diplomático es detenido y procesado por espionaje: no solo lo detienen sino que lo procesan, lo condenan y le hacen cumplir la condena en el pais.
Cómo en todos los órdenes, la importancia de la violación de la ley será la importancia de la respuesta. Ningún vehículo puede circular en violación de la ley argentina y todo conductor debe someterse a ella, diplomático o el más humilde del camionero que recoge la basura.
No, no es así, el status de un diplomático está por encima de la ley argentina en este caso, eso es así, guste o no. Repito, si no se está dispuesto a cumplir un tratado/convenio internacional, no lo firmes como Estado, y si ya eres parte de él, retírate del mismo, pero cuando le ocurra lo mismo o algo parecido a un diplomático argentino no te quejes de que no respetan los derechos de tus diplomáticos.
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@Falconeti dijo en Política Exterior de la Rep.Argentina:
@H234 dijo en Política Exterior de la Rep.Argentina:
Tanto escándalo que nos hicieron por los paneles, ahora que toca?
El escándalo no fue por el "despiste" de poner el/los paneles solares en territorio chileno, fue porque el embajador argentino en Chile (Faurie) un señor no muy simpático que digamos, reconoció que era un error, pero que lo solucionarían cuando les diera la gana, algo completamente inaceptable si quieres, y te interesa, tener buenas relaciones con tu vecino.
El tema de los paneles solares, es que Argentina pidió retirarlos en verano y no en la época invernal.
Este pedido, fue para facilitar los trabajos y no exponer a los técnicos a las bajas temperaturas.. Pero Chile insistió y se tuvieron que retirar en invierno.
Incluso, está la foto donde se están sacando los artefactos, y del lado chileno una camioneta "vigilando" las tareas. Como si fueran delincuentes. Algo que no ayuda a las relaciones diplomáticas que mencionás.
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Los paneles fueron instalados de forma incorrecta, con buena o mala intención, eso da lo mismo, y cuando cometes un error de ese calibre es obligación solucionarlo cuanto antes, no cuando le vaya bien al infractor. Hace unos días, un helicóptero del ECh traspasó los límites fronterizos, se hizo una investigación y se reconoció el error a los pocos días, no dijimos que Argentina tenía que esperar a que nos fuera bien a nosotros reconocerlo.
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El mismo Tratado de Viena establece en su art. 31 diversas limitaciones, sobre la base del principio general de interpretación que establece que un tratado deberá interpretarse de buena fe conforme al sentido corriente que haya de atribuirse a los términos del tratado en el contexto de estos y teniendo en cuenta su objeto y fin. Y dentro de las excepciones a la inmunidad establece que ".. El agente diplomático gozará de inmunidad de la jurisdicción penal del Estado receptor. Gozará también de inmunidad de su jurisdicción civil y administrativa, excepto si se trata: .... de una acción referente a cualquier actividad profesional o comercial ejercida por el agente diplomático en el Estado receptor, fuera de sus funciones oficiales" .
Y está mas que claro que controlar que un conductor potencialmente alcoholizado siga conduciendo y que con ello pueda provocar una tragedia, violando la legislación argentina a la cual se encuentra obligado también a respetar, no representa de ninguna manera una violación a los privilegios diplomáticos que un Estado receptor está obligado a cumplir. Conducir borracho claramente está "fuera de sus funciones oficiales".
La Convención de Viena obliga a todos los Estados contratantes a respetar la ley. Para ello pide el placet y el reconocimiento de su sede diplomática al Estado receptor.
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@Planeador Es que el problema es que el diplomático no está obligado a someterse a ningún tipo de test o prueba, sólo si es por voluntad propia, y en este caso el diplomático ruso ejerció ese derecho que le otorga la Convención de Viena. El Convenio no es interpretable, es de obligado cumplimiento, te guste o no.
Pongo un ejemplo, si Venezuela dijera que los asilados en la embajada argentina en Caracas son terroristas sin poder demostrarlo ¿estarían en su derecho de ingresar en la embajada?, y la respuesta es, claro que no, no podría.
Está el caso de Assange refugiado en la embajada ecuatoriana en Londres, se tuvo que esperar a que Ecuador le retirara el asilo/refugio para que la policía inglesa lo detuviera.
En mi opinión, el gobierno argentina ya debería estar advirtiendo/recomendando a sus diplomáticos en Rusia (si los hay, no tengo ni idea) a que extremen las preocupaciones cuando abandonan sus embajadas/consulados, porque es más que seguro que Rusia les buscará las cosquillas, y según ellos, con razón. -
@Falconeti dijo en Política Exterior de la Rep.Argentina:
@Planeador Es que el problema es que el diplomático no está obligado a someterse a ningún tipo de test o prueba, sólo si es por voluntad propia, y en este caso el diplomático ruso ejerció ese derecho que le otorga la Convención de Viena. El Convenio no es interpretable, es de obligado cumplimiento, te guste o no.
Pongo un ejemplo, si Venezuela dijera que los asilados en la embajada argentina en Caracas son terroristas sin poder demostrarlo ¿estarían en su derecho de ingresar en la embajada?, y la respuesta es, claro que no, no podría.
Está el caso de Assange refugiado en la embajada ecuatoriana en Londres, se tuvo que esperar a que Ecuador le retirara el asilo/refugio para que la policía inglesa lo detuviera.
En mi opinión, el gobierno argentina ya debería estar advirtiendo/recomendando a sus diplomáticos en Rusia (si los hay, no tengo ni idea) a que extremen las preocupaciones cuando abandonan sus embajadas/consulados, porque es más que seguro que Rusia les buscará las cosquillas, y según ellos, con razón.Tienes razón, el diplomático no está obligado a someterse al test. Pero un argentino de la calle tampoco, ya que no puede coaccionarse al conductor en hacerlo.
Pero si no demuestra que está habilitado para circular con el vehículo - podría habérsele pedido la licencia para conducir y podría haberse negado - no puede hacerlo. Por eso el Fiscal de la causa ordeno que el vehículo con su conductor fuera acompañado a la sede diplomatica con acompañamiento y control policial.
No mencionemos casos extremos porque no son compatibles los casos.
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@Planeador dijo en Política Exterior de la Rep.Argentina:
@Falconeti dijo en Política Exterior de la Rep.Argentina:
@Planeador Es que el problema es que el diplomático no está obligado a someterse a ningún tipo de test o prueba, sólo si es por voluntad propia, y en este caso el diplomático ruso ejerció ese derecho que le otorga la Convención de Viena. El Convenio no es interpretable, es de obligado cumplimiento, te guste o no.
Pongo un ejemplo, si Venezuela dijera que los asilados en la embajada argentina en Caracas son terroristas sin poder demostrarlo ¿estarían en su derecho de ingresar en la embajada?, y la respuesta es, claro que no, no podría.
Está el caso de Assange refugiado en la embajada ecuatoriana en Londres, se tuvo que esperar a que Ecuador le retirara el asilo/refugio para que la policía inglesa lo detuviera.
En mi opinión, el gobierno argentina ya debería estar advirtiendo/recomendando a sus diplomáticos en Rusia (si los hay, no tengo ni idea) a que extremen las preocupaciones cuando abandonan sus embajadas/consulados, porque es más que seguro que Rusia les buscará las cosquillas, y según ellos, con razón.Tienes razón, el diplomático no está obligado a someterse al test. Pero un argentino de la calle tampoco, ya que no puede coaccionarse al conductor en hacerlo.
Pero si no demuestra que está habilitado para circular con el vehículo - podría habérsele pedido la licencia para conducir y podría haberse negado - no puede hacerlo. Por eso el Fiscal de la causa ordeno que el vehículo con su conductor fuera acompañado a la sede diplomatica con acompañamiento y control policial.
No mencionemos casos extremos porque no son compatibles los casos.
Claro, pero el vehículo llevaba patente diplomática a la vista de los funcionarios policiales, y viendo esto se tenía que haber hecho lo que usted comenta. Y otra cosa, es llamativa la presencia de varios medios de comunicación en el lugar, como si estuvieran avisados de que algo iba a pasar, incluso algunos emitiendo en directo. A mi modo de ver, el incidente fortuito no fue.